domingo, 30 de julio de 2017

La independencia, Río de la Plata y México

Te presentamos dos documentos para leer y trabajar en clase

1. Acta del 9 de julio de 1816
En la benemérita y muy digna ciudad de San Miguel de Tucumán a nueve días del mes de julio de mil ochocientos diez y seis, terminada la sesión ordinaria, el Congreso de la Provincias Unidas continuó sus anteriores discusiones sobre el grande, augusto, y sagrado objeto de la independencia de los pueblos que lo forman. Era universal, constante y decidido el clamor del territorio entero por su emancipación solemne del poder despótico de los reyes de España. Los representantes, sin embargo, consagraron a tan arduo asunto toda la profundidad de sus talentos, la rectitud de sus intenciones e interés que demanda la sanción de la suerte suya, la de los pueblos representados y la de toda la posteridad. A su término fueron preguntados si querían que las provincias de la Unión fuesen una nación libre e independiente de los reyes de España y su metrópoli. Aclamaron primero, llenos del santo ardor de la justicia, y uno a uno reiteraron sucesivamente su unánime voto por la independencia del país, fijando en su virtud la determinación siguiente:
“Nos los representantes de las Provincias Unidas en Sud América, reunidos en Congreso General, invocando al Eterno que preside al universo, en el nombre y por la autoridad de los pueblos que representamos, protestando al cielo, a las naciones y hombres todos del globo la justicia, que regla nuestros votos, declaramos solemnemente a la faz de la tierra que, es voluntad unánime e indudable de estas provincias romper los violentos vínculos que las ligaban a los reyes de España, recuperar los derechos de que fueron despojadas, e investirse del alto carácter de una nación libre e independiente del rey Fernando VII, sus sucesores y metrópoli. Quedan en consecuencia de hecho y de derecho con amplio y pleno poder para darse las formas que exija la justicia, e impere el cúmulo de sus actuales circunstancias. Todas y cada una de ellas así lo publican, declaran y ratifican, comprometiéndose por nuestro medio al cumplimiento y sostén de esta su voluntad, bajo el seguro y garantía de sus vidas, haberes y fama. Comuníquese a quienes corresponda para su publicación, y en obsequio del respeto que se debe a la naciones, detállense en un manifiesto los gravísimos fundamentos impulsivos de esta solemne declaración.”
”Dada en la sala de sesiones, firmada de nuestra mano, sellada con el sello del congreso y refrendada por nuestros diputados secretarios. – Francisco Narciso de Laprida, presidente. –Mariano Boedo, vice-presidente, diputado por Salta. –Dr. Antonio Sáenz, diputado por Buenos Aires. – Dr. José Darregueyra, diputado por Buenos Aires. – Dr. Fray Cayetano José Rodríguez, diputado por Buenos Aires. – Dr. Pedro Medrano, diputado por Buenos Aires. – Dr. Manuel Antonio Acevedo, diputado por Catamarca. – Dr. José Ignacio de Gorriti, diputado por Salta. – Dr. José Andrés Pacheco Melo, diputado por Chichas. – Dr. Teodoro Sánchez de Bustamante, diputado por la ciudad y territorio de Jujuy. – Eduardo Pérez Bulnes, diputado por Córdoba. – Tomás Godoy Cruz, diputado por Mendoza. – Dr. Pedro Miguel Aráoz, diputado por la capital del Tucumán. – Dr. Esteban Agustín Gazcón, diputado por Buenos Aires. – Pedro Francisco de Uriarte, diputado por Santiago del Estero. – Pedro León Gallo, diputado por Santiago del Estero. – Pedro Ignacio Ribera, diputado de Mizque. – Dr. Mariano Sánchez de Loria, diputado por Charcas. – Dr. José Severo Malabia, diputado por Charcas. – Dr. Pedro Ignacio de Castro Barros, diputado por La Rioja. – L. Jerónimo Salguero de Cabrera, diputado por Córdoba. – Dr. José Colombres, diputado por Catamarca. – Dr. José Ignacio Thames, diputado por Tucumán. – Fr. Justo Sta. María de Oro, diputado por San Juan. – José Antonio Cabrera, diputado por Córdoba. – Dr. Juan Agustín Maza, diputado por Mendoza. – Tomás Manuel de Anchorena, diputado de Buenos Aires. – José Mariano Serrano, diputado por Charcas, Secretario. – Juan José Paso, diputado por Buenos Aires, Secretario”.

2. Plan de Iguala, 1821, fragmentos
Americanos! bajo cuyo nombre comprendo no sólo á los nacidos en América, sino á los europeos, africanos y asiáticos que en ella residen: tened la bondad de oírme. Las naciones que se llaman grandes en la extensión del globo, fueron dominadas por otras; y hasta que sus luces no les permitieron fijar su propia, no se emanciparon (…).Trescientos años hace, la América Septentrional, que está bajo de la tutela de la nación más católica y piadosa, heroica y magnánima. La España la educó y engrandeció formando esas ciudades opulentas, esos pueblos hermosos, esas provincias y reinos dilatados que en la historia del universo van á ocupar lugar muy distinguido. Aumentadas las poblaciones y las luces, conocidos todos los ramos de la natural opulencia del suelo, su riqueza metálica, las ventajas de su situación topográfica, los daños que originan la distancia del centro de su unidad y que ya la rama es igual al tronco, la opinión pública y la general de todos los pueblos es la de la independencia absoluta de la España y de toda otra nación (…) ¡Españoles europeos!, vuestra patria es la América, porque en ella vivís, en ella tenéis á vuestras amadas mujeres, á vuestros tiernos hijos, vuestras haciendas, comercio y bienes. ¡Americanos!, ¿quién de vosotros puede decir que no desciende de español? (…)
Al frente de un ejército valiente y resuelto he proclamado la independencia de la América Septentrional. Es ya libre, es ya señora de sí misma, ya no reconoce ni depende de la España ni de otra nación alguna; saludadla todos como independientes, y sean vuestros corazones bizarros los que sostengan esta dulce voz, unidos con las tropas que han resuelto morir antes que separarse de tan heroica empresa (…) Oíd, escuchad las bases sólidas en que funda su resolución:
La religión católica, apostólica, romana, sin tolerancia de otra alguna.  Absoluta independencia de este reino.   Gobierno monárquico templado por una Constitución análoga al país.   Fernando VII, y en sus casos los de su dinastía ó de otra reinante, serán los emperadores, para hallarnos con un monarca ya hecho y precaver los atentados funestos de la ambición  (…) El clero secular y regular, conservado en todos sus fueros y propiedades.
Americanos: he aquí el establecimiento y la creación de un nuevo imperio. He aquí lo que ha jurado el ejército de las Tres Garantías, cuya voz lleva el que tiene el honor de dirigírosla. He aquí el objeto para cuya cooperación os invita. No os pide otra cosa que lo que vosotros mismos debéis pedir y apetecer: unión, fraternidad, orden, quietud interior, vigilancia y horror á cualquier movimiento turbulento (…) Asombrad á las naciones de la culta Europa; vean que la América Septentrional se emancipó sin derramar una sola gota de sangre. En el transporte de vuestro júbilo decid: ¡Viva la religión santa que profesamos! ¡Viva la América Septentrional, independiente de todas las naciones del globo! ¡Viva la unión que hizo nuestra felicidad!
Iguala, 21 de Febrero de 1821. Agustín de Iturbide.

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